Art.7 todas las instituciones y dependencias citadas en el art. segundo deberán publicar cada fin de ejercicio, un resumen total de los ingresos de cada uno de los funcionarios incluyendo, los montos de remuneraciones básicas, adicionales, complementarias, otros gastos de personal y viatico por cada funcionario o empleado, permanente, contratado o de elección popular. Estos resúmenes deben ser publicados a más tardar para el ultimo día hábil del mes de enero de cada año.

Ministerio_del_Interior Anexo Personal2021
Ejecución Por Nivel de Entidad – Anual 2021
Ejecución por Objeto Actividad 1 – Anual 2021
Ejecución por Objeto Actividad 11 – Anual 2021 
Ejecución por Subgrupo Actividad 1 – Anual 2021
Resumen de asignaciones completo Art. 7 Ley 5189 2021
VACANCIA DICIEMBRE 2021